Escritura Pública de Unión Estable: Guía y Reglas
La escritura pública de unión estable formaliza la convivencia, establece el régimen de bienes y autoriza la disolución amistosa en la notaría.
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Por Equipe Editorial do 5º Tabelionato de Notas do Recife — Redação jurídica assistida por IA · 5º Tabelionato de Notas de Recife
Nota contextual: Este contenido describe el derecho notarial brasileño.
Em resumo
- La escritura pública de unión estable es el instrumento jurídico otorgado en una notaría (tabelionato de notas) que declara la convivencia pública, continua y duradera de dos personas con el objetivo de constituir una familia Lei nº 10.406/2002 — Código Civil, art. 215.
- El acto permite formalizar la fecha de inicio de la convivencia, definir el régimen de bienes, estipular reglas patrimoniales y autorizar la modificación del apellido de los convivientes en el Registro Civil de las Personas Naturales (Registro Civil das Pessoas Naturais - RCPN).
- La disolución de la convivencia se puede realizar de forma extrajudicial directamente en la notaría, incluso cuando la unión anterior no contaba con un registro oficial previo.
- Para la formalización presencial, existe libre elección de la oficina notarial; para actos otorgados mediante formato digital en la plataforma e-Notariado, se aplican reglas específicas de competencia basadas en el domicilio de las partes.
¿Quién puede solicitar la escritura pública de unión estable y su disolución?
Usted puede formalizar la escritura pública de unión estable en la notaría (tabelionato de notas) cuando ambas partes sean mayores de edad o estén emancipadas y manifiesten plena capacidad civil Lei nº 10.406/2002 — Código Civil, art. 104. La declaración notarial exige el mutuo acuerdo entre los convivientes sobre la fecha de inicio de la unión, el régimen patrimonial adoptado y los compromisos asumidos en la relación.
Para la disolución extrajudicial de la unión estable en la notaría, se exige el consenso de ambos compañeros sobre la finalización de la convivencia, la división de los bienes eventuales y la fijación de la pensión de alimentos. No puede haber litigio entre la pareja. Si existe desacuerdo con respecto a los términos de la ruptura o a los patrimonios, la extinción debe tramitarse por la vía judicial.
La existencia de hijos menores o incapaces exige prestar atención a la legislación y a los Provimentos (resoluciones normativas) del Consejo Nacional de Justicia (Conselho Nacional de Justiça - CNJ). En diversas jurisdicciones regionales, la disolución ante notario exige que las cuestiones relativas a la custodia, régimen de visitas y alimentos ya estén previamente resueltas en la vía judicial. En otros escenarios regulados por la Corregedoria (órgano supervisor) local, se autoriza el otorgamiento extrajudicial cuando se acredite la previa interposición o la homologación judicial del acuerdo de alimentos para el hijo menor.
El procedimiento para constituir o disolver la relación exige la actuación imparcial del notario (tabelião de notas). El oficial recaba la manifestación de voluntad, verifica la inexistencia de impedimentos matrimoniales y formaliza el acto garantizando publicidad, seguridad jurídica y eficacia al negocio Lei nº 8.935/1994, art. 1º. Para profundizar en las diferencias entre este instrumento y la celebración de capitulaciones matrimoniales, consulte el artículo sobre la Escritura de Unión Estable vs Pacto Antenupcial.
¿Es posible realizar la disolución extrajudicial de una unión estable que nunca se formalizó en la notaría?
Usted puede realizar el reconocimiento y la disolución de la unión estable en el mismo acto notarial, aunque la convivencia jamás haya sido registrada mediante un contrato privado o un instrumento público previo. Muchas personas conviven durante años sin un documento oficial y, en el momento de la separación, necesitan regularizar la situación jurídica del patrimonio construido y de los derechos sucesorios.
El otorgamiento de la escritura pública de unión estable acumulada con la disolución está permitido cuando las dos partes declaran, de forma conjunta, el periodo exacto durante el cual mantuvieron la relación afectiva. El notario formaliza la fecha de inicio y la fecha de finalización declaradas por la pareja, aplicando las reglas vigentes del régimen legal de bienes sobre los activos adquiridos en dicho intervalo de tiempo.
En este procedimiento declarativo, los convivientes acuerdan la distribución de los bienes muebles, inmuebles y deudas acumuladas durante la unión. A falta de un pacto previo estipulado por escrito, se aplica el régimen de sociedad de ganancias patrimoniales (comunhão parcial de bens) por ministerio de la ley, convirtiendo en común el acervo patrimonial adquirido a título oneroso a lo largo de la convivencia.
En caso de que uno de los convivientes no esté de acuerdo con la fecha inicial de la unión o discrepe de la división propuesta, la notaría no podrá otorgar la escritura. El acto notarial se fundamenta en la manifestación voluntaria y convergente. Existiendo litigio sobre la existencia de la unión o sobre el periodo en que esta perduró, las partes deben acudir a la vía judicial para la acreditación fáctica mediante pruebas y testigos.
¿Qué documentos se exigen para otorgar la escritura pública de unión estable?
Para otorgar la escritura pública de unión estable o su respectiva disolución en la notaría, usted debe presentar los documentos de identificación personal y los certificados de estado civil actualizados de las partes. Las exigencias tienen como finalidad acreditar la identidad de los declarantes y garantizar la inexistencia de impedimentos legales para la constitución de la nueva entidad familiar Lei nº 10.406/2002 — Código Civil, art. 166.
Los documentos personales indispensables para el análisis en la notaría incluyen:
- Documento oficial de identidad con fotografía (RG, CNH o carné de identidad profesional expedido por un colegio oficial) y número de CPF (número de identificación fiscal brasileño) de ambos convivientes;
- Certificado de nacimiento actualizado (expedido, por regla general, en los últimos 90 días) para convivientes solteros;
- Certificado de matrimonio actualizado con la oportuna anotación (averbação) de separación judicial o divorcio para convivientes previamente casados;
- Certificado de defunción del cónyuge fallecido acompañado del certificado de matrimonio con la anotación de viudedad, en el caso de convivientes viudos;
- Comprobante de domicilio reciente a nombre de al menos uno de los convivientes.
Si la escritura pública de unión estable incluye la división o la adjudicación de bienes muebles e inmuebles, es indispensable presentar los títulos de propiedad. Para inmuebles urbanos o rústicos, se exige la certificación registral (certidão de matrícula) con cargas y acciones actualizada, facilitada por el Registro de la Propiedad (Oficial de Registro de Imóveis) competente, además del recibo del IBI (IPTU) o la certificación del valor venal. Para vehículos o inversiones financieras, se aportan los justificantes de propiedad y los extractos bancarios.
Cuando la disolución implique una transferencia de propiedad inmobiliaria que configure una cesión onerosa o una donación de participaciones, el notario indicará la necesidad de presentar las cartas de pago de los impuestos correspondientes (ITBI o ITCMD) debidamente liquidados. Para consultar el detalle de los certificados y plazos, consulte la guía sobre la Lista de Comprobación de Documentos para Pacto Antenupcial y Unión Estable.
¿Cuál es la regla de competencia territorial para otorgar la escritura pública de unión estable o su disolución?
La determinación del lugar para el otorgamiento de la escritura pública de unión estable o de su disolución varía según la modalidad de la atención: presencial o digital mediante la plataforma e-Notariado. Entender la competencia territorial evita retrasos y garantiza la plena validez jurídica del acto firmado Lei nº 8.935/1994, art. 6º.
En la atención presencial, rige la regla de la libre elección de la oficina notarial en virtud de la Lei nº 8.935/1994. Usted puede elegir cualquier Notaría (Tabelionato de Notas) del país para formalizar la declaración de unión estable o su disolución, independientemente del lugar de residencia de la pareja o de la ubicación de los bienes inmuebles negociados.
En la atención electrónica, realizada de forma remota con certificado digital e-Notariado o ICP-Brasil, se aplican las normas establecidas en el Provimento CNJ nº 149/2023 Provimento CNJ nº 149/2023, Livro II. Para los actos notariales electrónicos que impliquen derecho de familia sin transferencia inmobiliaria, la competencia territorial corresponde al notario del domicilio de cualquiera de los solicitantes.
Si la escritura electrónica de disolución incluye la división de bienes inmuebles, la competencia para el otorgamiento digital corresponde al notario del municipio donde se ubique cualquiera de los inmuebles o del domicilio de uno de los convivientes. La siguiente tabla sintetiza las reglas de territorialidad:
| Modalidad de Atención | Objeto de la Escritura | Regla de Competencia Territorial |
| :--- | :--- | :--- |
| Presencial en Notaría | Declarativa o Disolución (con o sin bienes) | Libre elección de cualquier Notaría (Tabelionato de Notas) de Brasil. |
| Digital vía e-Notariado | Declarativa o Disolución sin bienes inmuebles | Notaría del municipio del domicilio de una de las partes. |
| Digital vía e-Notariado | Disolución con división de bienes inmuebles | Notaría del domicilio de una de las partes o de la ubicación de uno de los inmuebles. |
¿Qué ocurre con la división de bienes y el cambio de apellido en la escritura pública de unión estable y disolución?
La escritura pública de unión estable permite estipular de forma clara las reglas que regirán la vida patrimonial de la familia. En caso de que la pareja no haga mención expresa sobre el régimen en la escritura declarativa, regirá la sociedad de ganancias patrimoniales (comunhão parcial de bens). No obstante, las partes pueden optar por el régimen de separación de bienes, por el de sociedad de colectivos (comunhão universal) o por el de participación en las ganancias.
En el momento de la disolución, la escritura pública organiza la distribución de los bienes adquiridos a título oneroso durante la convivencia. Los convivientes pueden optar por una división al 50% para cada uno o por una adjudicación con compensación económica. Si existe una desproporción en la adjudicación sin compensación en metálico, la operación se considera una donación, lo que genera la liquidación del impuesto regional sobre donaciones (ITCMD) sobre la parte excedente.
El acto notarial de formalización o de extinción de la unión permite también la modificación del apellido de cualquiera de los convivientes. Durante la constitución, se autoriza la adición del apellido del otro compañero. En la disolución, se permite volver al apellido de soltero o conservar el apellido adoptado durante la unión, previo acuerdo entre los interesados.
Tras su otorgamiento en la notaría, la escritura debe presentarse ante el Registro Civil de las Personas Naturales (RCPN) del municipio de residencia de las partes o donde conste registrado el nacimiento/matrimonio para su oportuna anotación (averbação) en el asiento civil. Esta anotación garantiza la publicidad frente a terceros y permite la actualización de los documentos de identidad. Si existen inmuebles divididos, la escritura debe presentarse ante el Registro de la Propiedad competente para la modificación de la finca (matrícula). Para conocer los detalles sobre la extinción del vínculo por vía extrajudicial, consulte el artículo sobre Divorcio Extrajudicial: Requisitos, Gratuidad y Anotación.
Checklist de documentos
- [ ] DNI, Pasaporte o documento oficial de identidad válido y CPF de ambos convivientes;
- [ ] Certificado de nacimiento actualizado (expedido en los últimos 90 días) para solteros;
- [ ] Certificado de matrimonio actualizado con la anotación de Separación o Divorcio (expedido en los últimos 90 días) para divorciados;
- [ ] Certificado de matrimonio con la anotación del fallecimiento del cónyuge y Certificado de defunción para viudos;
- [ ] Comprobante de domicilio reciente de la pareja o de cada conviviente;
- [ ] Minuta con la especificación del régimen de bienes o los términos de la partición acordada;
- [ ] Certificación registral de la finca (certidão de matrícula) actualizada y de cargas de los inmuebles objeto de división;
- [ ] Documentos justificativos de titularidad de bienes muebles (permiso de circulación de vehículos, extractos bancarios, participaciones societarias);
- [ ] Carta de pago de los impuestos de transmisión (ITBI o ITCMD), si la división es onerosa o desproporcionada;
- [ ] Carné de colegiado de la OAB del abogado asistente, en caso de que la legislación regional o el caso concreto exijan asistencia jurídica en la disolución.
Na prática
Caso 1: Formalización de unión estable con elección de un régimen patrimonial distinto del legal
Carlos y Amanda residen en Recife y decidieron regularizar su convivencia de tres años. Acudieron a la notaría para otorgar la escritura pública de unión estable fijando con efecto retroactivo la fecha de inicio de la convivencia. Para proteger sus actividades empresariales individuales, optaron formalmente por el régimen de separación total de bienes en la escritura. El notario recabó la documentación, comprobó las certificaciones de nacimiento actualizadas y otorgó el instrumento. La pareja presentó el documento en el Registro Civil (RCPN) de su domicilio para su anotación e inscribió la modificación en el Registro de la Propiedad a efectos de gestión patrimonial.
Caso 2: Reconocimiento y disolución extrajudicial de una unión de larga duración sin registro previo
Marcos y Juliana mantuvieron una unión estable no formalizada durante doce años y adquirieron una vivienda. Tras finalizar la relación de forma amistosa, acudieron a la notaría para realizar, en la misma escritura pública, el reconocimiento del periodo de convivencia y su inmediata disolución. Acordaron que la vivienda quedaría en propiedad exclusiva de Juliana, mediante el pago a Marcos de una compensación económica equivalente al 50% del valor del inmueble. Aportaron los justificantes del pago del impuesto ITBI correspondiente a la transmisión inmobiliaria de la cuota y la certificación registral de la finca. La escritura fue otorgada y, posteriormente, se inscribió en la finca del Registro de la Propiedad competente.
O que costuma dar errado
- Omitir la actualización de los certificados personales: Presentar certificados de nacimiento o matrimonio expedidos hace años sin la debida actualización de su estado civil. Cómo evitarlo: Solicite segundas copias actualizadas (generalmente expedidas en los últimos 90 días) en el Registro Civil de las Personas Naturales antes de solicitar cita en la notaría.
- Ignorar la necesidad de inscripción en el Registro Civil: Pensar que el otorgamiento de la escritura pública de unión estable en la notaría concluye todos los trámites de cambio de apellido. Cómo evitarlo: Lleve la copia autorizada (traslado) de la escritura al RCPN competente para inscribir la unión o su disolución en el asiento de nacimiento o matrimonio de las partes.
- Confundir la libre elección presencial con la competencia digital: Intentar otorgar un acto electrónico a través de e-Notariado en una notaría ubicada fuera del domicilio de las partes o de la ubicación de los inmuebles. Cómo evitarlo: Tenga en cuenta que los actos digitales exigen una vinculación territorial fijada por el Provimento CNJ nº 149/2023, mientras que los actos presenciales admiten la libre elección en cualquier notaría del país.
- No declarar la fecha de inicio de la relación: Omitir el momento fáctico de comienzo de la unión en la escritura declarativa. Cómo evitarlo: Establezca en el acto notarial la fecha de inicio de la convivencia para definir la masa patrimonial común conforme a las reglas del régimen elegido.
- Realizar una división desproporcionada sin liquidación tributaria: Repartir el patrimonio de forma desigual sin acreditar el pago de una compensación económica o del impuesto sobre donaciones (ITCMD). Cómo evitarlo: Presente las cartas de pago de los impuestos regionales liquidados cuando la división de bienes genere un exceso no oneroso.
Base legal
- Lei nº 10.406/2002 (Código Civil brasileño), art. 215 — Define que la escritura pública otorgada en una notaría es un documento dotado de fe pública que hace prueba plena Lei nº 10.406/2002 — Código Civil, art. 215.
- Lei nº 10.406/2002 (Código Civil brasileño), art. 104 — Establece los requisitos de validez de los negocios jurídicos en el ordenamiento nacional Lei nº 10.406/2002 — Código Civil, art. 104.
- Lei nº 8.935/1994 (Ley de Servicios Notariales y Registrales), art. 6º — Define las atribuciones de los notarios en el otorgamiento de actos notariales y escrituras Lei nº 8.935/1994, art. 6º.
- Provimento CNJ nº 149/2023 (Disposición del Consejo Nacional de Justicia), Libro II — Consolida las normas de la Corregiduría Nacional de Justicia relativas a los servicios notariales y de registro Provimento CNJ nº 149/2023, Livro II.
Rodapé editorial
Equipo Editorial del 5º Tabelionato de Notas de Recife
Revisión jurídica: Notario Sustituto
Fecha de la última revisión jurídica: 18 de septiembre de 2026
Versión: 1.0 — Conforme al Provimento CNJ nº 149/2023 y al Código Civil Brasileño.
Aviso legal y corporativo: Contenido informativo y divulgativo redactado sobre la base de la legislación federal brasileña y las disposiciones normativas del Consejo Nacional de Justicia. Este texto tiene por objeto aclarar los procedimientos extrajudiciales y no sustituye el análisis documental ni el asesoramiento jurídico individualizado aplicable a su caso concreto en la atención presencial o remota. Para tramitar las fases prácticas del procedimiento, lea el contenido completo sobre cómo formalizar la Unión Estable: Cómo Formalizar en Notaría Paso a Passo.
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