Actos Notariales por Videoconferencia: Guía e-Notariado

Aprenda cómo realizar escrituras públicas y poderes por videoconferencia en e-Notariado, con validación digital, certificado gratuito y competencia territorial.

Última atualização:

Por CartorIA — 5º Tabelionato de Notas do Recife — Redacción jurídica asistida por IA · 5º Tabelionato de Notas de Recife

Nota de contexto: Este contenido describe el derecho notarial brasileño.

Actos Notariales por Videoconferencia: Requisitos, Validación Digital y Protocolo en e-Notariado

Este artículo responde

  • ¿Qué son los actos notariales por videoconferencia?
  • ¿Cómo funciona la firma digital en e-Notariado?
  • ¿Qué documentos son necesarios para hacer una escritura por videoconferencia?
  • ¿Qué notaría (tabelionato de notas) es competente territorialmente para la videoconferencia?
  • ¿Qué ocurre si una de las partes no dispone de certificado digital ICP-Brasil o Notarizado?

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En resumen

  • Los actos notariales por videoconferencia permiten otorgar escrituras, poderes y actas notariales en formato 100 % digital o híbrido.
  • La práctica está regulada a nivel nacional por el Consejo Nacional de Justicia (CNJ) de Brasil y se ejecuta en la plataforma e-Notariado (Provimento CNJ nº 149/2023, Livro II).
  • Las partes realizan una sesión remota para la manifestación de voluntad y firman el documento utilizando un certificado digital.
  • La competencia territorial de la notaría (tabelionato de notas) debe observarse rigurosamente con base en la ubicación del inmueble o el domicilio de los participantes (Provimento CNJ nº 149/2023, Livro II).

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¿Qué son los actos notariales por videoconferencia?

Los actos notariales por videoconferencia consisten en la realización remota de actos jurídicos públicos en una notaría (tabelionato de notas). Esta modalidad posibilita otorgar escrituras públicas, poderes, actas notariales, testamentos y escrituras de divorcio o inventario sin la presencia física de las partes en la oficina notarial (Lei nº 8.935/1994, art. 1º).

La realización de actos notariales por videoconferencia tiene lugar en un entorno virtual seguro a través de la plataforma e-Notariado, gestionada por el Colegio Notarial de Brasil bajo la supervisión del Consejo Nacional de Justicia (CNJ) (Provimento CNJ nº 149/2023, Livro II).

Durante la transmisión, el notario (tabelião de notas) o su oficial cualificado identifica a las partes, constata la capacidad civil de los involucrados y recaba la manifestación inequívoca de voluntad (Lei nº 8.935/1994, art. 6º). La grabación de la sesión queda archivada en el protocolo de la notaría como elemento probatorio de la autenticidad y validez del negocio jurídico (Lei nº 10.406/2002, Código Civil, art. 215).

Esta modalidad coexiste con la atención presencial tradicional. El acto puede ser totalmente digital, cuando todos participan de forma remota, o híbrido, cuando una de las partes firma presencialmente en la notaría y la otra firma digitalmente por videoconferencia. Para más detalles sobre procedimientos digitales, consulte la guía sobre actos notariales en e-Notariado.

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¿Cómo funciona la firma digital en e-Notariado?

La firma en actos notariales por videoconferencia exige la utilización de un certificado digital. Existen dos modalidades válidas aceptadas por la plataforma oficial del sistema extrajudicial brasileño:

  • Certificado Digital ICP-Brasil: Estándar de infraestructura de clave pública brasileña emitido por autoridades certificadoras acreditadas.
  • Certificado Digital Notarizado: Certificado específico emitido gratuitamente por una notaría acreditada, exclusivo para actos practicados en e-Notariado (Provimento CNJ nº 149/2023, Livro II).

Para obtener el certificado notarizado, usted realiza una verificación presencial de identidad en la notaría o una validación remota si ya cuenta con datos en la base del CNH (Carné Nacional de Conducir) o en la Base Nacional Notarial (Provimento CNJ nº 149/2023, Livro II). La emisión se efectúa en el teléfono móvil del ciudadano a través de la aplicación e-Notariado.

La firma electrónica simple (como la realizada mediante usuario y contraseña sin certificación) y la firma electrónica avanzada del portal Gov.br no sustituyen la firma cualificada exigida para el otorgamiento de escrituras públicas (Lei nº 14.382/2022, art. 3º). El uso de la firma correcta garantiza la plena eficacia del título para su posterior inscripción registral en el Registro de la Propiedad (Registro de Imóveis) o su anotación en organismos públicos. Obtenga más información en la lectura sobre reconocimiento de firma y firma digital.

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FAQ

¿Qué son los actos notariales por videoconferencia?

Los actos notariales por videoconferencia son procedimientos públicos realizados de forma remota en la plataforma e-Notariado, lo que permite autorizar escrituras, poderes y actas con la misma validez jurídica que los actos presenciales (Provimento CNJ nº 149/2023, Livro II). El notario recaba el consentimiento en una sesión grabada y las partes firman digitalmente.

¿Cómo funciona la firma digital en e-Notariado?

La firma digital en e-Notariado se realiza mediante un Certificado Digital ICP-Brasil o a través del Certificado Notarizado gratuito emitido directamente por una notaría (Provimento CNJ nº 149/2023, Livro II). El participante accede a la aplicación e-Notariado en su teléfono móvil y confirma la firma en el documento durante o después de la sesión remota.

¿Qué documentos son necesarios para hacer una escritura por videoconferencia?

Se necesitan los documentos oficiales de identidad de los participantes, CPF, certificado de estado civil actualizado, comprobante de domicilio y la documentación específica del objeto del negocio (como la certificación registral actualizada del inmueble y los justificantes de impuestos liquidados) (Lei nº 10.406/2002, Código Civil, art. 104).

¿Qué notaría (tabelionato de notas) es competente territorialmente para la videoconferencia?

La competencia para negocios inmobiliarios corresponde a la notaría situada en el municipio donde radica el inmueble o en el municipio del domicilio del adquirente (Provimento CNJ nº 149/2023, Livro II). Para poderes, la competencia viene determinada por el domicilio del poderdante.

¿Qué ocurre si una de las partes no dispone de certificado digital ICP-Brasil o Notarizado?

Si la parte no posee certificado, puede solicitar la emisión gratuita del Certificado Notarizado ante una notaría, participar en formato híbrido (firmando presencialmente en la oficina notarial) o nombrar a un apoderado mediante poder público (Lei nº 8.935/1994, art. 6º).

Base legal

  • provimento_cnj 149 2023 — Provimento CNJ nº 149/2023
  • lei_federal 10.406 2002 — Lei nº 10.406/2002
  • lei_federal 8.935 1994 — Lei nº 8.935/1994
  • codigo 10.406 2002 — Lei nº 10.406/2002 — Código Civil
  • codigo 10.406 2002 — Lei nº 10.406/2002 — Código Civil
  • lei_federal 14.382 2022 — Lei nº 14.382/2022
  • lei_federal 8.935 1994 — Lei nº 8.935/1994

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