Juicio sucesorio extrajudicial por apoderamiento | Reglas y guía
Comprenda los requisitos, reglas y documentos para el juicio sucesorio extrajudicial y la designación de albacea mediante poder público en notaría.
Última atualização:
Por Equipe Editorial do 5º Tabelionato de Notas do Recife — Redação jurídica assistida por IA · 5º Tabelionato de Notas de Recife
Nota de contexto: Este contenido describe el derecho notarial brasileño.
Juicio sucesorio extrajudicial y designación de albacea por apoderamiento: requisitos y reglas
Este artículo responde
- ¿Es posible realizar el juicio sucesorio extrajudicial y la designación de albacea por apoderamiento?
- ¿Cuáles son los requisitos para otorgar un poder público para un juicio sucesorio extrajudicial?
- ¿Para designar albacea en la notaría es necesaria la firma de todos los herederos?
- ¿Qué facultades específicas debe tener el poder para el juicio sucesorio extrajudicial?
- ¿El albacea designado por apoderamiento responde del cálculo y pago del ITCMD?
Em resumo
- La realización del juicio sucesorio extrajudicial y designación de albacea por apoderamiento (inventário extrajudicial e nomeação de inventariante por procuração) está permitida por el Derecho Notarial brasileño, siempre que se otorgue mediante instrumento público elevado en notaría (tabelionato de notas).
- La escritura pública de designación de albacea (escritura pública de nomeação de inventariante) permite administrar la masa hereditaria (espólio), retirar saldos bancarios para liquidar tributos y firmar documentos antes de la partición final.
- El albacea designado asume la representación del caudal hereditario para cumplir con las obligaciones fiscales, prestar las declaraciones del ITCMD (Imposto sobre Transmissão Causa Mortis e Doação) y obtener las certificaciones negativas ante los organismos públicos.
- La conformidad de todos los herederos es indispensable para la partición extrajudicial, pero la designación de albacea puede realizarse a iniciativa de los legitimados indicados por la ley.
FAQ
¿Es posible realizar el juicio sucesorio extrajudicial y la designación de albacea por apoderamiento?
Sí, es plenamente posible realizar el juicio sucesorio extrajudicial y la designación de albacea por apoderamiento mediante poder público otorgado en notaría. El poder debe contener facultades específicas y expresas para el otorgamiento de la escritura y la representación de los herederos.
¿Cuáles son los requisitos para otorgar un poder público para el juicio sucesorio extrajudicial?
El poderdante debe tener plena capacidad civil y presentar sus documentos personales válidos en la notaría. El poder debe individualizar al causante, describir la sucesión y detallar las facultades otorgadas, siendo redactado en el libro protocolo de la notaría.
¿Para designar albacea en la notaría es necesaria la firma de todos los herdeiros?
Para la escritura previa de designación de albacea, la legislación y las normas del CNJ admiten la solicitud por cualquiera de los herederos o cónyuge viudo. Sin embargo, para la escritura definitiva de juicio sucesorio y partición de bienes, se exige el consentimiento obligatorio y la firma de todos los herederos o de sus apoderados.
Base legal
- provimento_cnj 149 2023 — Provimento CNJ nº 149/2023
- codigo 10.406 2002 — Lei nº 10.406/2002 — Código Civil
- lei_federal 8.935 1994 — Lei nº 8.935/1994
- lei_federal 11.441 2007 — Lei nº 11.441/2007
- codigo 13.105 2015 — Lei nº 13.105/2015 — Código de Processo Civil
- codigo 10.406 2002 — Lei nº 10.406/2002 — Código Civil
- codigo 10.406 2002 — Lei nº 10.406/2002 — Código Civil
- lei_federal 10.406 2002 — Lei nº 10.406/2002 (Código Civil)
- lei_federal 13.105 2015 — Código de Processo Civil - Art. 610
- codigo 10.406 2002 — Lei nº 10.406/2002 — Código Civil
- lei_federal 8.935 1994 — Lei nº 8.935/1994
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